viernes, 6 de enero de 2012

Contratación de los servicios profesionales

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domingo, 7 de noviembre de 2010

domingo, 23 de noviembre de 2008

La Seguridad.

Es una obligación que la ley impone a patrones y a trabajadores y que también se debe organizar dentro de determinados cánones y hacer funcionar dentro de determinados procedimientos.El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuada para prevenir accidente en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazada. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones procedentes en cada caso. Planeadión de la seguridad en edificios e instalaciones.

lunes, 21 de julio de 2008

El Inpsasel crea núcleos primarios para formar bases de la EFIPPA




Fotos del Evento a la Derecha JOSE FRANCISCO YEPEZ, Promotor de Salud y Seguridad en el Trabajo.
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), se reunió con representantes de todas las Direcciones Estadales de Salud de los Trabajadores (Diresat), con el objetivo de constituir las bases de los núcleos primarios de la Escuela de Formación Integral Pedro Pascual Abarca (EFIPPA).
Con la participación de 47 Promotores en Seguridad y Salud en el Trabajo e Inspectores en Seguridad y Salud en el Trabajo de todas las regiones, se realizó la actividad. “Se quiere que los funcionarios le entreguen el poder del conocimiento a los Delegados y Delegadas de Prevención, para que se conviertan en facilitadores y masifiquen esa información en todos los centros de trabajo”, dijo José Francisco Yépez, Promotor en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Así mismo, se busca que tanto los trabajadores y trabajadoras como los Delegados y Delegadas de Prevención, asuman el compromiso de ser facilitadores y facilitadoras para lograr una activación completa de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en todas las empresas y más que una activación en papeles, una activación del Delegado y Delegada de Prevención como dinamizador de lo que es la gestión en cada uno de los centros de trabajo.
“Hoy se están planteando los elementos de la educación liberadora, la educación investigación-acción, realizando actividades y dinámicas, donde les damos herramientas a los trabajadores y trabajadoras para que construyan estrategias creativas para ofrecerles a los Delegados y Delegadas de Prevención una mejor formación”, comentó Liliam Quintero, Coordinadora de la EFIPPA.
El impacto de los proyectos que lleva a cabo el Inpsasel, pone de manifiesto la importancia de la figura del Delegado y Delegada de Prevención, que a su vez es el propulsor de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. Ellos serán también multiplicadores de conocimientos para todos los trabajadores y trabajadoras del país

jueves, 31 de enero de 2008

Proceso de Registro de Usuarios para la Declaración en Línea de Accidentes de Trabajo


A partir del primero de febrero el INPSASEL dará inicio al Proceso de Registro de Usuarios para la Declaración en Línea de Accidentes de Trabajo, según informó la Directora General de la mencionada institución, María Teresa Prieto, quien destacó que tal mecanismo será fundamental en la construcción y consolidación de un sistema nacional de vigilancia epidemiológica, así como en la sinceración de la ocurrencia de accidentes de trabajo en todo el territorio nacional.
Igualmente, Prieto explicó los mecanismos a seguir para la realización del proceso desde que el usuario se registra hasta que formula su declaración de accidente: Para que los empleadores puedan registrarse deben:
1. Ingresar en la página web del INPSASEL (www.inpsasel.gov.ve) donde aparecerá un formato en el que deberán colocar su nombre de usuario y una contraseña,
2. Aparecerá en pantalla una planilla de registro, la cual deberá ser llenada con los datos correspondientes.
3. Debe imprimirse la planilla.
4. Una vez realizados estos pasos, el empleador o representante legal, deberá consignar la planilla, así como una serie de documentos que les serán requeridos, ante las respectivas Direcciones Estadales de Salud de los Trabajadores (Diresat).

5. Diresat les asignará un código que les permitirá hacer la declaración de accidentes de manera electrónica, luego que ésta sea habilitada.

Con la instauración de este sistema no sólo el INPSASEL se coloca a la vanguardia en cuanto a las tecnologías de la información se refiere; sino que además los empleadores tendrán en sus manos una nueva herramienta que permitirá agilizar la declaración de accidentes de trabajo las cuales deben ser enviadas dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del accidente, tal como lo establece la LOPCYMAT, agregó Prieto.
Finalmente, la funcionaria instó a todos los empleadores y empleadoras del país a registrarse y a evitar que sucedan accidentes de trabajo en sus empresas, al tiempo que subrayó que la instauración del registro representa una valiosa oportunidad para el INPSASEL de tener una información más directa y oportuna, a partir de la cual se pueda obtener importantes datos para el establecimiento de nuevos planes de acción a favor de la prevención de accidentes de trabajo.La aplicación de tales procedimientos responde a los artículos 11, numeral 10, y 18, numeral 23 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), en los cuales se establece “las bases y metodología de un sistema nacional automatizado de vigilancia epidemiológica…”, Y “crear y mantener actualizado el Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Seguridad y Salud en el Trabajo…”.

jueves, 24 de enero de 2008

Síndrome de la computadora


Es una dolencia o grupo de trastornos, que están asociados al uso prolongado e indiscriminado del computador sin prevención alguna. Los síntomas característicos son: • problemas de visión y resequedad ocular, • dolores de cabeza y de espalda, y • tendinitis.Ya la comunidad médica mundial ha venido destacando que bastan unos cinco años para que los usuarios padezcan patologías que pueden atentar contra la salud, en especial aquellos que no se despegan ni un minuto de su trabajo. Este es uno de los aspectos de la computadora de los cuales poco se habla y que va en contra de sus ya bien destacados beneficios.Las investigaciones han comprobado que los operarios tecnológicos son susceptibles a padecer de dolores de espalda, brazos, muñecas, manos y cuello. Estos padecimientos tienen sus precedentes en los trabajadores textiles y automotrices desde hace tiempo, pero se vio incrementado entre los usuarios de las computadoras. Este tipo de lesiones son conocidas como lesiones de tensión repetitiva, lesión de movimiento repetitivo o trastorno de lesiones acumuladas, que describen los padecimientos consecuencia de labores rápidas y repetitivas, como las desarrolladas por usuarios intensivos de teclado. Si son desatendidas, tales lesiones pueden convertirse en trastornos severos y atroces. Pero existen alternativas para contrarrestarlas y poder disfrutar de los beneficios del computador. La adopción de posturas saludables, la relajación muscular y el uso de equipos ergonómicos son algunas de estas recomendaciones.

viernes, 27 de julio de 2007

Cumplido los Requisitos de ley para la Prestación del Servicio.


El día viernes 27 de Julio de 2007, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en lo referente al registro ante el Dirsat-Carabobo (INSASEL) del Lic. José Agustin Mata Montoya como profesional en el área de seguridad y salud laboral, previa revisión de los documentos y acreditaciones presentadas por el profesional a los funcionarios de la Unidad Técnica Administrativa del Ente, quedando registrado bajo el número: CAR0712775062, dicho registro tendrá una vigencia de tres años.
Ajuicio del Lic. Mata Montoya, “el proceso se dio con mucha fluidez y cordialidad, debo emitir mus felicitaciones a todo el personal del Dirsat-Carabobo por labor realizada”.
Ahora tan solo falta esperar por el proceso de acreditación, el cual no tiene una fecha establecida, por otra parte el profesional índico que: Las empresas y establecimientos deben contratar los servicios de profesionales que cumplan con estos requisitos, so pena a incurrir en infracción tipificada en el artículo 121 de la LOPCYMAT.